La Audiencia de Barcelona ha acordado la prescripción del caso del asesinato de María Carmen Fraile en los años 80.
Josefa Fraile, a la izquierda, y Carmen Fraile, a la derecha, en una reunión familiar en los años 70. (El País)
Los hechos se remontan a 1981, cuando una chica de 25 años embarazada desapareció y su cuerpo fue enterrado y envuelto con sábanas en una finca de Bages, comarca de la provincia de Barcelona.
El cuerpo fue hallado en el año 1999 por los actuales propietarios de la finca. Debido a que no se pudieron identificar los restos, en 2004 se dictó un sobreseimiento provisional. Sin embargo, en el año 2017, el caso fue reabierto por la petición policial de realizar nuevas pruebas de ADN y, en 2018, se concluyó que el cadáver encontrado pertenecía a Carmen Fraile.
Con estas evidencias y la denuncia de su desaparición por parte de su hermana, Josefa Fraile, casi 35 años después, se dictó un auto en el año 2018 para procesar a Manuel Macarro Thierbach, el hombre que, por aquel entonces, era el amante de Carmen. Manuel fue detenido poco después en Castellón, al norte de la Comunidad Valenciana.
Manuel Macarro Thierbach, presunto asesino de Carmen Fraile. (Facebook)
Según fuentes policiales, Manuel habría asesinado a Carmen de un disparo en la cabeza a sangre fría para evitar que se hiciera público que la había dejado embarazada. Manuel conoció la noticia del embarazo de Carmen en la finca de Sant Salvador de Guardiola, municipio al sur de Barges, la cual alquilaron para pasar el fin de semana juntos.
Ahora, la Audiencia de Barcelona ha estimado la petición de la defensa del acusado, que pide considerar prescrito el caso, ya que han pasado 40 años desde la desaparición de Carmen. Los magistrados recuerdan que los delitos que tengan asignada una pena igual o superior a 15 años, prescriben al cabo de 20 años. En este caso, Manuel Macarro, quien actualmente tiene 75 años, podría estar acusado por homicidio – de 10 a 15 años – en el caso más grave, o de asesinato – de 15 a 25 años.
Según los informes forenses, “teniendo en cuenta que la desaparición fue en 1931”, Carmen habría muerto entre febrero de 1984 y febrero de 1994. El artículo 132 del Código Penal establece que “el plazo de prescripción se computa desde el día en que se haya cometido la infracción punible”. Por lo tanto, en ambos casos – 1984 o 1994 – el delito se considera como prescrito.
Xavier Alsina, abogado de Josefa Fraile, la hermana de Carmen, ha anunciado que no recurrirá esta decisión de la Audiencia de Barcelona, ya que la considera “jurídicamente correcta”. Sin embargo, Alsina ha recordado que, aunque hayan pasado los 20 años necesarios para que un crimen prescriba, la víctima no fue completamente identificada hasta abril de 2018, por lo que debería contarse el tiempo desde entonces.
Pese a su decisión de no recurrir a instancias superiores, Xavier Alsina ha explicado que Josefa no está de acuerdo con la decisión de la Audiencia ya que, “desde un punto de vista moral, es una lástima porque hay un presunto culpable al cual no se juzgará”
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