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¿CÚAL ES LA DURACIÓN MÁXIMA DE LAS VPO?

today6 abril, 2022 77

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Las viviendas de protección oficial, fueron un fenómeno muy importante en España, antes de la crisis económica de 2008. Según un estudio del 2020, España tiene menos de una vivienda de protección oficial por cada 100 habitantes. El dato es 0,9, una cifra muy alejada de la media europea y de los últimos en el escalafón de la UE.

En caso de analizar individualmente, todos los inmuebles construidos en España, nuestro país dispone de 2,5 viviendas sociales, por cada 100 casas. Esta cifra sitúa a España de nuevo en la cola de la Unión Europea, mientras que la lista la lidera los Países Bajos, con el 30 viviendas sociales por cada 100 inmuebles. España, es una país que destina 35 euros por persona, para dedicarlos directamente a la vivienda social por individuo, una cifra superior a la de Francia (25) y muy lejana a la de Reino Unido (439). El proceso de descalificación vpo 50 años, a partir de ese momento la vivienda puede descalificarse.

Ahora, si estás pensando en adquirir una vivienda de protección oficial (VPO), tienes que asegurarte de todas las condiciones y requisitos que debes cumplir, a la hora de alquilarla o venderla. Para ello, deberemos esperar una serie de plazos y ya podremos llevar a cabo nuestras intenciones. Sin embargo, si estás pensando en adquirir una de estas viviendas, por ejemplo, en Madrid, estaremos interesados en saber si ese inmueble se encuentra descalificado o no.

En primer lugar, si ya han pasado 30 años desde su adquisición, el «pago» ya está saldado, lo que significa que la vivienda sí se podrá poner en venta o alquiler, pero dependiendo de la normativa bajo la que se aplicara, la cosa cambia.

PERÍODO DE AFECCIÓN

Real Decreto-Ley 31/1978, de 31 de Octubre: la carga será sufragada a los 15 años desde su calificación definitiva.

Decreto 2114/1968, de 24 de Julio: el período de afección será sufragado en cualquier momento.

DURACIÓN DEL RÉGIMEN LEGAL DE PROTECCIÓN PÚBLICA:

Real Decreto-Ley 31/1978, de 31 de Octubre: la duración del régimen legal de protección pública será de 30 años, desde su calificación definitiva.

Decreto 2114/1968, de 24 de Julio: en este caso, la duración será de 50 años, desde su calificación definitiva.

Una vez sabido esto, para poder solicitar la venta y alquiler hay que saber a qué normativa se acoge. La única persona que puede solicitar la descalificación de una vivienda de protección oficial es el titular de la misma, siempre y cuando:

  • Haya transcurrido el plazo necesario que marca el Plan de Vivienda al que se acoge para poder realizarlo.
  • El préstamo solicitado para para la VPO debe estar amortizado.
  • Se deben haber devuelto las ayudas percibidas y bonificaciones con intereses incluidos.

Una vez solicitada, hay que saber quién la concede. En nuestro ejemplo, dentro de la Comunidad de Madrid, sería la Consejería de Vivienda de la Comunidad de Madrid. Cada autonomía posee un organismo parecido, que tiene las competencias en este ámbito. Como todo trámite administrativo, la solicitud y tramitación de descalificación de la vivienda conlleva gastos y tasas para el solicitante, aquellos que exige la Administración.

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Escrito por EDM RADIO

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